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Proyecto de ley sobre reducción del límite de la jornada ordinaria a 40 horas semanales

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  • 2 sept 2021
  • 5 Min. de lectura

Patricia Díaz Torres.

Abogada y alumna LLM UC.


El proyecto de Ley que busca reducir la jornada laboral a 40 horas semanales fue ingresado al Congreso Nacional en marzo del año 2017 y, desde entonces, su avance ha ido quedando relegado por la discusión de otros proyectos cuya tramitación se ha considerado más urgente. Sin embargo, con el reciente ingreso de otro proyecto de Ley similar, que busca disminuir la jornada laboral a 38 horas semanales de manera progresiva, el tema que ha causado tanta polémica en distintos sectores políticos, sociales y económicos, vuelve a cobrar relevancia y acapara la atención de trabajadores y empleadores.


Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los acuerdos de tiempo de trabajo decente deben guiarse por cinco criterios: favorecer salud y seguridad, ser compatibles con la familia, promover la igualdad de género, reforzar la productividad y facilitar la elección e influencia del trabajador en sus horas de trabajo [1]. En este sentido, diversos países han ratificado el Convenio N° 47 de la OIT, que se refiere específicamente a las 40 horas de trabajo semanal, estableciendo dicha duración como principio en materia de jornada laboral. Pese a que es común escuchar a los trabajadores quejarse porque sus extensas jornadas laborales (sumadas a los largos tiempos de traslado entre hogar y lugar de trabajo) no les permiten dedicar tiempo a su vida familiar, Chile es uno de los países que aún no han concurrido a la ratificación de dicho Convenio.


En cuanto a los argumentos a favor y en contra del Proyecto de Ley en cuestión, es bastante frecuente leer o escuchar por parte de sus detractores que una reducción de la jornada laboral va a producir impactos negativos en la economía e incluso en los propios trabajadores, ya que una de sus consecuencias sería la baja en la productividad a nivel nacional, lo que provocaría desempleo, inflación y disminución salarial. En este mismo sentido, la Comisión Nacional de Productividad [2] asegura que el grupo de trabajadores compuesto por jóvenes, mujeres y quienes sólo cuentan con educación media, serían impactados negativamente con la reforma, ya que aumentaría la probabilidad de que estén desempleados, se vuelvan inactivos y baje su salario real, además de apoyar la tesis respecto a la disminución de la productividad.


Sin embargo, actualmente Chile ya es uno de los países menos productivos de la OCDE [3], y ninguno de los motivos que han sido constatados en los estudios realizados sobre el tema tiene relación con la duración de la jornada laboral. De hecho, esta deficiencia en la productividad se asocia en mayor medida a la desigualdad y a las altas tasas de empleo informal, lo que se ha traducido en recomendaciones relativas a ampliar el acceso a trabajos de alta calidad y generar nuevas fuentes de crecimiento a largo plazo. Además, muy por el contrario a lo que señalan los detractores del proyecto de Ley en cuestión, según un estudio realizado por el Observatorio de Políticas Económicas [4], basado en evidencias económicas comparadas y antecedentes de diversas áreas, la reducción de la jornada laboral podría traer una serie de efectos positivos: contribuir a bajar la tasa de desempleo y/o reducir el empleo informal, aumentar la productividad (y con ello el salario efectivo) y producir un shock positivo de demanda, beneficiando la reactivación y la dinámica de la economía nacional, entre otros.


Ahora bien, al realizar el análisis del proyecto desde la perspectiva comparada, es necesario sostener que la reducción de la jornada laboral no necesariamente va a provocar impactos económicos negativos, ya que esto dependerá inevitablemente de la realidad de cada país. Por ejemplo, en la clase del día 09 de julio del presente año, el profesor Salmona expuso un experimento llevado a cabo en Francia entre los años 1998 y 2008, que consistió en reducir la jornada laboral a 35 horas semanales con el fin de disminuir el desempleo (la reducción forzaba a los empleadores a contratar a más personas). Los estudios relativos a dicho experimento demostraron que en Francia la productividad subió y que los trabajadores estaban más dispuestos a trabajar, incluso en períodos considerados “sagrados”, como los meses en que solían tomar vacaciones, desechando de esa forma los argumentos económicos en contra de las propuestas que promueven la reducción de la jornada laboral.


Si bien resulta relevante analizar la implementación de proyectos similares en otros países e intentar proyectar las implicancias o impactos que tendría la reducción de la jornada laboral en el futuro, este ejercicio podría no ser necesario. En Chile ya hubo una importante reforma en materia laboral, cuando se redujo la jornada de 48 a 45 horas semanales y es esencial tomar en consideración los efectos que tuvo dicha reforma a nivel nacional, antes de proyectar los impactos hipotéticos que podría traer una nueva reforma en el mismo sentido. En este sentido, la evidencia empírica a partir de la reforma que se implementó en todo el país en el año 2005 mostró un aumento en el salario por hora y, de hecho, no se constataron efectos negativos en cuanto a la productividad o el empleo como consecuencia de dicha modificación legal [5].


A partir de lo expuesto, no debemos dejarnos llevar únicamente por la serie de argumentos contrarios al proyecto que basan sus razonamientos sólo desde una perspectiva económica, no porque la economía sea irrelevante, dado que dicha afirmación carecería de toda lógica, sino porque la experiencia a partir de la disminución de la jornada de 48 a 45 horas semanales hace más de 15 años, demuestra que es posible llevar a cabo una nueva modificación que avance hacia una mejora en las condiciones laborales de los trabajadores. Es por ello que estoy de acuerdo con este proyecto de Ley, tanto en lo relativo a la reducción, como la norma específica que se agregó respecto a los trabajadores que actualmente se rigen por sistemas excepcionales de distribución de la jornada laboral, quienes han manifestado su conformidad con su situación actual en relación con dicha distribución.


Por último, creo que la realidad actual requiere la realización de un esfuerzo que se dirija a dejar de ver a las personas sólo como piezas de un engranaje que debe hacer funcionar el sistema económico nacional. En este sentido, si bien Chile no ha ratificado el Convenio N° 47 de la OIT sobre las 40 horas semanales, sí ha ratificado diversos Convenios y Tratados Internacionales en que el Estado se comprometen a dignificar el trabajo de las personas y mejorar sus condiciones laborales, por lo que resulta imperante cumplir con dichos compromisos. Ciertamente, la reducción de la jornada laboral puede permitir a los trabajadores compatibilizar su trabajo con una vida familiar y personal un poco más plena, posibilitando así, en definitiva, que puedan trabajar para vivir y no verse obligados a vivir para trabajar.


Referencias

[1] Oficina Internacional del Trabajo (2007) pp. 3 – 4. [2] Comisión Nacional de Productividad (2020) p. 42. [3] Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (2018) p. 8. [4] López y Petersen (2019) pp. 4 – 10. [5] Sánchez (2010) p. 43.


Bibliografía

Oficina Internacional del Trabajo (2007): “Working Time Around the World: Principales hallazgos e implicaciones para las políticas”, Programa sobre las Condiciones de Trabajo y del Empleo, sector de la Protección Social. Disponible en: https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---dcomm/documents/publication/wcms_082840.pdf

Comisión Nacional de Productividad (2020): Análisis Técnico de una Reducción Legal de la Jornada Laboral (Santiago). Disponible en: https://www.comisiondeproductividad.cl/wp-content/uploads/2020/04/An%C3%A1lisis-T%C3%A9cnico-de-la-Reducci%C3%B3n-Legal-de-la-Jornada-Laboral.pdf

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (2018): Estudios Económicos de la OCDE: Chile, Visión General (Chile, OECD Economic Surveys). Disponible en: https://www.oecd.org/economy/surveys/Chile-2018-OECD-economic-sruvey-Spanish.pdf

López, Ramón y Petersen, Javiera (2019): El Proyecto de las 40 horas y los efectos económicos de la reducción de la jornada laboral en Chile, Documento de Trabajo N° 4 OPES. Disponible en: https://static1.squarespace.com/static/5f31be959fceb35b50e59a1f/t/5f35b091f9c00754686f7598/1597354131730/documento+de+trabajo+n4.pdf

Sánchez, Rafael (2010): Do reductions of standard hours affect employment transitions?: Evidence from Chile. Disponible en: https://www.researchgate.net/publication/47782982_Do_reductions_of_standard_hours_affect_employment_transitions_Evidence_from_Chile


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